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En un principio, se contemplan dos tipos de publicaciones:
- Publicación convencional. La editorial da este nombre al sistema habitual. El autor presenta un manuscrito, siguiendo las instrucciones que se detallan en esta misma web, se evalúa y si se aprueba la publicación, se firmarán los contratos correspondientes que regirán todas las condiciones de la edición de la obra y se iniciará el proceso de publicación. La obra la generará enteramente el autor. El cliente de este tipo de ediciones es el lector.
- Publicación a medida. Se trata de un concepto orientado a prestar servicios a empresas. La entidad que desee disponer de un manual técnico, de publicar una obra conmemorativa, ediciones no venales para sus clientes... En este caso, será personal de la editorial, o terceros especializados, quienes generen la obra, ya sea a partir de textos o borradores entregados por el cliente, o bien, de cero. Como el cliente aquí es la entidad que solicita la creación de la obra, y no el lector, este tipo de publicaciones sólo se ejecutarán tras haber aceptado la entidad un presupuesto.
Aunque lo parezca, la publicación a medida mencionada más arriba no es una coedición; Sinciforma no tiene intención de dedicarse a las coediciones, básicamente, porque no se considera que una editorial orientada al libro digital tenga algo que aportar en este aspecto a los autores. Para personas que deseen publicar libros de su autoría, sólo se contempla la publicación convencional.
La publicación convencional se puede hacer en tres modalidades, definidas por el porcentaje sobre los beneficios que recibirá el autor. Aquí se describen resumidas; algunos detalles están fijados en los contratos de edición.
- Normal. El autor se quedará con el beneficio íntegro que le corresponda. En este caso, el 40% de los beneficios netos de cada venta.
- Socialmente responsable. El autor puede acordar contractualmente que un porcentaje del beneficio íntegro de sus ventas se done a alguna institución de su interés. Si el autor dona un porcentaje igual o superior al 10% de los beneficios netos de cada venta, en vez de corresponderle el 40%, le corresponderá un 45%, de forma que si, por ejemplo, decide donar el 10% del beneficio neto, en vez de cobrar el 30% del total, cobrará un 35%, ya que 10% que dona, más 35% que recibe, hacen 45%. Cuando se realice la liquidación de derechos al autor, se indicarán por separado las cantidades que le corresponden al autor y las que Sinciforma donará a la institución designada por el mismo. Debe destacarse que no se permitirán donaciones a asociaciones que alienten la discriminación en cualquiera de sus formas, realicen actividades ilícitas o sean entidades con ánimo de lucro. Ejemplos de instituciones válidas son: ONG, asociaciones culturales, literarias o científicas, fundaciones, asociaciones ecologistas, protectoras de animales, proyectos culturales en Internet, etc...
- Solidaria. Finalmente, el autor puede decidir ceder todos los derechos económicos que le corresponden a una institución de su elección que cumpla con los requisitos apuntados en el párrafo anterior. En ese caso, el 50% del beneficio neto generado por las ventas se donará a la institución designada.
Debe destacarse que, en las modalidades Socialmente responsable y Solidaria, es el autor quien realiza las donaciones, y se harán en su nombre. Sinciforma se limita a apoyar la labor solidaria del autor, incrementando la participación del autor en los beneficios.
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